jueves, 10 de octubre de 2013

PREGUNTA GENERADORAS # 2





NÚCLEO PROBLÉMICO 2

Revisión histórica de la educación preescolar y básica en Colombia. Aspectos legales

1 ¿Cuáles han sido los Decretos y Leyes más benéficos para los niños colombianos?

Ley de Infancia y Adolescencia

La Ley de Infancia y Adolescencia tiene por finalidad garantizar a los niños, a las niñas y a los adolescentes su pleno y armonioso desarrollo para que crezcan en el seno de la familia y de la comunidad, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión. Prevalecerá el reconocimiento a la igualdad y la dignidad humana, sin discriminación alguna, igualmente establecer normas sustantivas y procesales para la protección integral de los niños, las niñas y los adolescentes, garantizar el ejercicio de sus derechos y libertades consagrados en los instrumentos internacionales de Derechos Humanos, en la Constitución Política y en las leyes, así como su restablecimiento. Dicha garantía y protección será obligación de la familia, la sociedad y el Estado.

Con la ley 12 de 1991 Colombia ratifico la Convención sobre los Derechos del Niño, convirtiéndose en uno de los primeros Estados en incorporarlo a su legislación. Sin embargo, no se ha adecuado su legislación de infancia y adolescencia a las directrices de la Convención ni tampoco a la Constitución de 1991, lo convierte a nuestro país en el más atrasado en este tema.

Leyes de la República:                  
  • Ley 1622 del 29 de abril de 2013 o Ley Estatutaria de Ciudadanía Juvenil - Cuyo objeto es "Establecer el marco institucional para garantizar a todos los y las jóvenes el ejercicio pleno de la ciudadanía juvenil en los ámbitos, civil o personal, social y público, el goce efectivo de los derechos reconocidos en el ordenamiento jurídico interno y lo ratificado en los Tratados Internacionales, y la adopción de las políticas públicas necesarias para su realización, protección y sostenibilidad; y para el fortalecimiento de sus capacidades y condiciones de igualdad de acceso que faciliten su participación e incidencia en la vida social, económica, cultural y democrática del país.".
  • Ley 1014 del 26 de enero de 2006 o Ley de Fomento a la Cultura del Emprendimiento - Que con 10 objetivos básicos establece la promoción de los jóvenes emprendedores y sus organizaciones en Colombia.
  • Ley 1429 del 29 de diciembre de 2010 o Ley de Formalización y Generación de Empleo - la cual tiene por objeto la formalización y la generación de empleo, con el fin de generar incentivos a la formalización en las etapas iniciales de la creación de empresas; de tal manera que aumenten los beneficios y disminuyan los costos de formalizarse.

Ley No.
Título
Observaciones
Ley 98 de 1920
Por la cual se crean Juzgados de menores para que se ocuparan de la atención al menor con problemas de conducta.
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Ley 79 de 1926
Por la cual se crea el Ministerio de Instrucción Pública para la educación y guarda de menores.
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Ley 129 de 1931
Por la cual se adoptan normas para la protección del menor trabajador
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Ley 83 de 1946
Ley Orgánica de la Defensa del niño.
Se habla por primera vez de la protección del menor con limitaciones. Establece jurisdicción de menores para los menores de 18 años. Define estados de peligro físico y/o moral,  las medidas de protección y crea el Consejo Nacional de Protección.
Ley 140 de 1960
.
Reglamenta las Adopciones.
Decreto 1818 de 1964
Por el cual se crea el Consejo Colombiano de Protección Social del Menor y de la Familia que reemplazó al Consejo Nacional de Protección Infantil.
Se organiza División de Menores en el Ministerio de Justicia.
Ley 75 de 1968
Por la cual se crea el ICBF
Centralizando en este instituto los servicios de atención y protección a los menores de 18 años. Establece mecanismos para protección del menor y la familia. Crea figura la del Defensor de Menores.
Ley 7 de 1979
Por la cual se crea el Sistema Nacional de Bienestar Familiar.
Este queda bajo la coordinación del ICBF. Formula principios fundamentales para la protección de la niñez.
Decreto 2388 de 1979
.
Reglamentación de las leyes 75 de 1968, 27 de 1974 y 7 de 1979.
Resolución 000773 de 1981
.
Reglamenta la Protección de menores de 18 años en el ICBF
Resolución 001586 de 1981
.
Reglamenta actuaciones extrajudiciales de los defensores de menores y su intervención ante los Juzgados de Menores
Decreto 2737 de 1989
Código del Menor
Fija normas para adelantar el Proceso Administrativo de Protección, en el marco de la Doctrina de la Situación Irregular Crea las Comisarías de Familia y Defensorías de Familia reemplazando al Defensor de Menores y la Procuraduría Delegada para la Defensa del Menor y la Familia.
Por el cual se dictan medidas tendientes al restablecimiento del orden público.
Decreto de orden público

”Los menores infractores serán conducidos a los establecimientos anexos a las cárceles ordinarias”
Por el cual se crea el Comité Interinstitucional para la Defensa, Protección y Promoción de los Derechos Humanos de la Niñez y la Juventud.
Derechos humanos
Derechos del niño
Decreto 1684 de 1990 
Por el cual se prorroga la vigencia del Decreto legislativo 566 de 1990.
Continúa con la posibilidad de arrestar niños y niñas en establecimientos anexos a las prisiones
Por el cual se prorroga la vigencia del Decreto legislativo 566 de 1990
Orden público
Arresto de niños y niñas
Decreto 1385 de 1994
Comité para la dejación de armas
Crea el CODA
Decreto 1673 de 1994
Por el cual se asigna una competencia.
Asigna al Defensor de Familia el conocimiento de las denuncias contra los medios de comunicación escritos que realicen publicaciones que atenten contra la integridad moral, psíquica o física de  niños y niñas.
Decreto 0859 de 1995.
Por el cual se crea el Comité Interinstitucional para la Erradicación del Trabajo Infantil y la Protección del Menor Trabajador
TRABAJO DE NIÑOS 
PROTECCIÓN DE MENORES
Resolución 01129 de 1996  (Ministerio de Trabajo y Seguridad Social).
Por la cual se dictan algunas disposiciones relacionadas con el trabajo de los menores de edad
TRABAJO DE NIÑOS
Ley 387 de 1997
Por la cual se adoptan medidas para la prevención del desplazamiento forzado; la atención, la protección y consolidación y estabilización socioeconómica de los desplazados internos en la República de Colombia
Ley de atención a la población desplazada.
Ley 418 de 1997
(Vigente hasta el 2002)
Por la cual se consagran unos instrumentos para la búsqueda de la convivencia, la eficacia de la justicia y se dictan otras disposiciones
Tipifica el delito de reclutamiento de menores, solo para grupos armados ilegales.
Por el cual se reglamenta el Servicio Militar Obligatorio para los menores de edad conforme a lo establecido en el artículo 13 de la Ley 418 de 1997.
Rige mientras dure la vigencia del art. 13 de la Ley.418 de 1997
.
Reglamentación :
Modificado y adicionado por D.348/2000, DO.43932 (mar.13/2000)
Por el cual se reglamenta el artículo 99 de la Ley 508 de 1999.
Niños - Asistencia social, establece programas de atención a la niñez]
Ley 515 de 1999
Convenio 138 de la OIT
Edad mínima de admisión al empleo
Reglamentación:
Art. 2, inc. 2 aclarado por 
Ley.642/2001, DO.44282
Por medio de la cual se prorroga la vigencia de la Ley 418 del 26 de diciembre de 1997 y se dictan otras disposiciones.
Orden público

Servicio Militar Obligatorio
Además de prorrogar la vigencia de la Ley 418, excluye del servicio militar a los menores de 18 años.
Por la cual se institucionaliza el Día de la Niñez y la Recreación y se dictan otras disposiciones.
Día del Niño
Por medio de la cual se expide un estatuto para prevenir y contrarrestar la explotación, la pornografía y el turismo sexual con menores, en desarrollo del artículo 44 de la Constitución
Prostitución
Pornografía infantil
Turismo sexual

















  
2 ¿Las políticas educativas propuestas actualmente por el M.E.N., realmente inciden en una articulación adecuada?





De acuerdo a las orientaciones pedagógicas reconocidas en la Ley General de Educación y en los lineamientos de preescolar, es importante que el desarrollo de las dimensiones para la formación integral, tengan continuidad en la educación básica. El cambio abrupto de procesos formativos en el preescolar, estructurados en torno a dimensiones del desarrollo humano, que en educación básica se tornan en áreas curriculares correspondientes con campos de conocimiento, posiblemente sea fuente de traumas y dificultades en esta transición que --como se recordará- constituye el pico más crítico en los indicadores de eficiencia del sistema educativo

Los criterios que orientan la definición de estos ciclos apuntan hacia la “articulación” de los diferentes niveles -preescolar, básica primaria, básica secundaria y media- ya que históricamente han permanecido aislados y de espaldas a las realidades del desarrollo y la evolución de los aprendizajes de los estudiantes. Se trataría, en general, de propiciar el tránsito de una concepción de la escuela por niveles hacia una concepción de la escuela por ciclos”[1]
La organización escolar por ciclos se constituye en un modelo educativo que las instituciones educativas acuerdan para evitar las rupturas asociadas con la organización por grados. Significa una organización de los maestros para planear las acciones pedagógicas más acorde con los ritmos y necesidades de aprendizaje individual, disminuyendo la angustia por los resultados al finalizar cada período del año escolar

3¿En qué momento o en cuál componente de la comunidad educativa o del proceso formativo surge la problemática transicional?



Comprender las concepciones del docente implica centrar la atención en las transformaciones hechas de la construcción social de la realidad subjetiva del profesor; a los constructos personales, al igual que las creencias; porque son estructuras mentales que los docentes generan para explicar la forma personal de la realidad educativa.
 La dinámica del cambio de la práctica docente. Todo proceso formativo persigue que el docente modifique su práctica cotidiana, ésta se revisa desde la realidad objetiva del aula realizando un análisis reflexivo de las formas en las que el profesor intencionalmente actúa e interacciona con los sujetos educativos. La práctica docente es la parte pública de la realidad del sujeto al poner en acción sus concepciones y sus habilidades docentes.
La acción formativa del profesor se desarrolla dentro del propio ámbito de la experiencia educativa. Es en la práctica cotidiana del aula en donde se transfieren las habilidades docentes recién desarrolladas, de ahí la importancia de revisar también las transformaciones que se centran en la práctica y no sólo las que se encuentran en el sujeto. Estos tres elementos transformados durante el proceso de formación se influyen de manera dialéctica durante la acción inmediata de la formación. Por esto mismo urge enfrentar la incorporación de lo subjetivo tanto en la formación de docentes como en la docencia misma, en cuanto acto educativo en general buscando el mayor número de transferencias efectuadas como elementos deseables de enlace y puente que resuelva tensiones entre teoría y práctica. De otro modo será imposible conseguir la adquisición de competencias en el nivel objetivo y que se vean en juego en el nivel público de la actividad, la práctica docente.


De esta manera, las transformaciones que se estudian en cada uno de los niveles de realidad no son vistas como una consecuencia lineal una de la otra, sino que se consideran transformaciones simultáneas dentro de un eje de transferencias de los conocimientos, habilidades y competencias docentes recién adquiridas en el proceso formativo. La transferencia a la práctica cotidiana puede fluir en un bucle recursivo25 y en espiral, reforzando o impidiendo los cambios en la medida en la que el profesor actúa durante y después de la formación.
El estudio abordó un proceso social que implica complejas interacciones entre los profesores y sus situaciones sociales, por lo que los criterios de análisis de los procesos de transformación de los profesores se distribuyeron en unidades generales que corresponden a la interpretación de la formación en sus tres contingentes: el nivel subjetivo-individual e interno de la construcción de los significados de la realidad de cada uno de los profesores en el que se interpretan sus concepciones docentes y su influencia en la formación; el nivel objetivo-individual de los profesores en donde se explican las habilidades docentes holísticas que desarrollaron y el tercer nivel objetivo-público en que se analizan las acciones de los profesores y su impacto en los demás agentes sociales de la educación; asimismo se identificaron las etapas por las que ellos pasaron los profesores durante el desarrollo de su práctica docente. A continuación, en los siguientes tres apartados, se presentan los hallazgos en cada uno de los tres contingentes de formación docente.

 4 ¿Existe una verdadera política incluyente en la educación colombiana?

Política educativa para la primera infancia
Por una educación inicial incluyente y para toda la vida

La atención a la primera infancia sienta las bases para el desarrollo humano y contribuye a igualar las oportunidades de desarrollo para todos desde el nacimiento. Primera Infancia, educación e integralidad.

En los primeros años de vida, una atención oportuna y pertinente tiene efectos de gran impacto para los niños y las niñas. Diversos estudios han demostrado que las interacciones que establecen los niños con su madre, padre, hermanos, abuelos y otros adultos responsables, tienen consecuencias fundamentales para el desarrollo del cerebro. Pero también estas experiencias educativas deben involucrar otros factores como la salud, el cuidado y la buena nutrición, como complementos fundamentales para alcanzar un adecuado desarrollo infantil
Cuando estas condiciones se dan, los efectos son determinantes para el desarrollo presente y para el futuro. Los niños y niñas que reciben una adecuada atención durante su primera infancia, aumentan sus oportunidades de ingresar a tiempo a la educación formal, se desempeñan con mayor éxito a lo largo de sus estudios, mejoran sus posibilidades de acceso a la educación superior y, finalmente, tienen más capacidades para desenvolverse competentemente en su vida laboral, mejorando así sus posibilidades económicas y, por ende, la calidad de vida de su familia y la de su comunidad.
Adicionalmente, la atención a la primera infancia redunda directamente en la atención a la familia, en particular sobre las mujeres. Cuando las madres se encuentran en buenas condiciones físicas, nutricionales y emocionales durante el embarazo, disminuyen los índices de mujeres y niños que mueren durante el nacimiento, suben las tasas de peso al nacer y se dan las condiciones para un buen desarrollo cerebral de niños y niñas. Lo anterior hace crecer las probabilidades de supervivencia en sus primeros años de vida y tiene efectos directos sobre su desarrollo. De otra parte, los programas de atención a la primera infancia facilitan la inserción de la mujer al mundo laboral, situación que mejora los ingresos del núcleo familiar y equipara las oportunidades de desarrollo desde un enfoque de género.
El Plan Decenal de Educación 2006-2016, concebido como un ejercicio de planeación y participación en el que la sociedad determinó las grandes líneas que deben orientar el sentido de la educación para los próximos diez años, determinó como uno de los grandes retos para garantizar el cumplimiento pleno del derecho de la educación en Colombia el Desarrollo Infantil y la Educación Inicial
En este marco, el Ministerio de Educación Nacional asume hoy un enfoque de desarrollo infantil que parte de reconocer que los niños y las niñas, al nacer, llegan con capacidades y habilidades que buscan poner en acción y esperan encontrar las condiciones para demostrarlas y fortalecerlas, de tal forma que les permita desenvolverse cada vez mejor: primero en su vida cotidiana y familiar y, posteriormente, en la vida social, estudiantil y laboral
Una nueva mirada sobre el niño y la niña implica concebir el desarrollo infantil como un proceso no lineal, continuo e integral, producto de las experiencias corporales, emocionales, sociales y cognitivas que obtienen al interactuar con el mundo que los rodea. El desarrollo infantil no inicia en un punto cero, ni tiene su fin en una etapa última. Siempre existen condiciones previas a partir de las cuales el niño y la niña construyen conocimiento, haciendo de su desarrollo un proceso continuo a lo largo de la vida. Estas condiciones previas son experiencias reorganizadoras que transforman la manera como ven el mundo y que les abren nuevos horizontes para su desarrollo
Cuando los niños y las niñas interactúan con el medio que los rodea, viven experiencias a través de las cuales movilizan capacidades y conocimientos que les permiten "hacer", para luego "saber hacer", hasta llegar a "poder hacer". Esta movilización de recursos (cognitivos, afectivos, físicos y sociales) se denomina competencias y se van adquiriendo para enfrentar procesos cada vez más complejos en relación con su desarrollo y contexto. Las competencias adquiridas en la primera infancia les permiten a los niños y niñas tener un conocimiento de sí mismos, de su entorno físico y social, estableciendo la base para los aprendizajes posteriores y para su enriquecimiento personal y social.
Independientemente del contexto en el que viven, todos los niños y niñas adquieren progresivamente competencias que les ayudan a transformar su relación con el entorno. Es allí donde encuentran las posibilidades para desarrollarlas y es desde allí donde las utilizan y las consolidan. Estas posibilidades son mayores en la medida en que se desarrollen en espacios retadores y ricos en interacción, con ellos mismos, con los demás y con su entorno. Estos espacios se evidencian en una educación inicial de calidad.




De acuerdo con las cifras del censo nacional realizado en 2005, existen en nuestro país cerca de 4.3 millones de niños y niñas menores de 5 años. Gracias al importante esfuerzo que ha realizado el país, hoy se atienden integralmente, con educación, cuidado y nutrición alrededor de un 35% de ellos, de los cuales el 70% provienen de las familias más pobres (SISBEN I y II).
En cuanto a los que no son atendidos y según la Encuesta de Calidad de Vida del año 2008, las principales razones tienen que ver con factores combinados de oferta y demanda de la prestación del servicio. Desde el punto de vista de la demanda, en las zonas urbanas el 53% de los padres considera que sus hijos aún no están en edad para asistir a una institución o prefieren que no lo hagan. Por otra parte, el 9% señala que sus hijos menores de 5 años no asisten porque no hay una institución cercana, es muy costoso enviarlos o no encontraron cupo, lo que denota problemas en la oferta. En las áreas rurales esta situación es más crítica pues el 28% de los padres y madres de familia indica que no hay una institución próxima donde sus hijos puedan recibir atención y educación.

En el marco de lo establecido por el artículo 29 del Código de la Infancia y la Adolescencia "Derecho al desarrollo integral de la primera infancia", el enorme reto que se enfrenta es llegar a todos los niños y niñas de estos niveles del SISBEN con una atención integral, oportuna y de calidad.





 

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