NÚCLEO PROBLÉMICO 2
Revisión histórica de la educación preescolar
y básica en Colombia. Aspectos legales
1 ¿Cuáles han sido los Decretos y Leyes más
benéficos para los niños colombianos?
Ley de Infancia y Adolescencia
La Ley de Infancia y Adolescencia
tiene por finalidad garantizar a los niños, a las niñas y a los adolescentes su
pleno y armonioso desarrollo para que crezcan en el seno de la familia y de la
comunidad, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión. Prevalecerá el
reconocimiento a la igualdad y la dignidad humana, sin discriminación alguna,
igualmente establecer normas sustantivas y procesales para la protección
integral de los niños, las niñas y los adolescentes, garantizar el ejercicio de
sus derechos y libertades consagrados en los instrumentos internacionales de
Derechos Humanos, en la Constitución Política y en las leyes, así como su
restablecimiento. Dicha garantía y protección será obligación de la familia, la
sociedad y el Estado.
Con la ley 12 de 1991
Colombia ratifico la Convención sobre los Derechos del Niño, convirtiéndose en
uno de los primeros Estados en incorporarlo a su legislación. Sin embargo, no
se ha adecuado su legislación de infancia y adolescencia a las directrices de
la Convención ni tampoco a la Constitución de 1991, lo convierte a nuestro país
en el más atrasado en este tema.
Leyes
de la República:
- Ley 1622 del 29 de abril de 2013 o Ley Estatutaria de Ciudadanía Juvenil - Cuyo objeto es "Establecer el marco institucional para garantizar a todos los y las jóvenes el ejercicio pleno de la ciudadanía juvenil en los ámbitos, civil o personal, social y público, el goce efectivo de los derechos reconocidos en el ordenamiento jurídico interno y lo ratificado en los Tratados Internacionales, y la adopción de las políticas públicas necesarias para su realización, protección y sostenibilidad; y para el fortalecimiento de sus capacidades y condiciones de igualdad de acceso que faciliten su participación e incidencia en la vida social, económica, cultural y democrática del país.".
- Ley 1014 del 26 de enero de 2006 o Ley de Fomento a la Cultura del Emprendimiento - Que con 10 objetivos básicos establece la promoción de los jóvenes emprendedores y sus organizaciones en Colombia.
- Ley 1429 del 29 de diciembre de 2010 o Ley de Formalización y Generación de Empleo - la cual tiene por objeto la formalización y la generación de empleo, con el fin de generar incentivos a la formalización en las etapas iniciales de la creación de empresas; de tal manera que aumenten los beneficios y disminuyan los costos de formalizarse.
Ley No.
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Título
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Observaciones
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Ley 98 de 1920
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Por la cual se crean Juzgados de
menores para que se ocuparan de la atención al menor con problemas de
conducta.
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Ley 79 de 1926
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Por la cual se crea el Ministerio de
Instrucción Pública para la educación y guarda de menores.
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Ley 129 de 1931
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Por la cual se adoptan normas para la
protección del menor trabajador
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Ley 83 de 1946
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Ley Orgánica de la Defensa del niño.
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Se habla por primera vez de la
protección del menor con limitaciones. Establece jurisdicción de menores para
los menores de 18 años. Define estados de peligro físico y/o moral, las
medidas de protección y crea el Consejo Nacional de Protección.
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Ley 140 de 1960
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Reglamenta las Adopciones.
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Decreto 1818 de 1964
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Por el cual se crea el Consejo
Colombiano de Protección Social del Menor y de la Familia que reemplazó al
Consejo Nacional de Protección Infantil.
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Se organiza División de Menores en el
Ministerio de Justicia.
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Ley 75 de 1968
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Por la cual se crea el ICBF
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Centralizando en este instituto los
servicios de atención y protección a los menores de 18 años. Establece
mecanismos para protección del menor y la familia. Crea figura la del
Defensor de Menores.
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Ley 7 de 1979
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Por la cual se crea el Sistema
Nacional de Bienestar Familiar.
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Este queda bajo la coordinación del
ICBF. Formula principios fundamentales para la protección de la niñez.
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Decreto 2388 de 1979
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Reglamentación de las leyes 75 de
1968, 27 de 1974 y 7 de 1979.
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Resolución 000773 de 1981
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Reglamenta la Protección de menores
de 18 años en el ICBF
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Resolución 001586 de 1981
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Reglamenta actuaciones
extrajudiciales de los defensores de menores y su intervención ante los
Juzgados de Menores
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Decreto 2737 de 1989
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Código del Menor
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Fija normas para adelantar el Proceso
Administrativo de Protección, en el marco de la Doctrina de la Situación
Irregular Crea las Comisarías de Familia y Defensorías de Familia
reemplazando al Defensor de Menores y la Procuraduría Delegada para la
Defensa del Menor y la Familia.
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Por el cual se dictan medidas
tendientes al restablecimiento del orden público.
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Decreto de orden público
”Los menores infractores serán conducidos a los establecimientos anexos a las cárceles ordinarias” |
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Por el cual se crea el Comité
Interinstitucional para la Defensa, Protección y Promoción de los Derechos
Humanos de la Niñez y la Juventud.
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Derechos humanos
Derechos del niño
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Decreto 1684 de 1990
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Por el cual se prorroga la vigencia
del Decreto legislativo 566 de 1990.
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Continúa con la posibilidad de
arrestar niños y niñas en establecimientos anexos a las prisiones
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Por el cual se prorroga la vigencia
del Decreto legislativo 566 de 1990
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Orden público
Arresto de niños y niñas
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Decreto 1385 de 1994
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Comité para la dejación de armas
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Crea el CODA
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Decreto 1673 de 1994
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Por el cual se asigna una
competencia.
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Asigna al Defensor de Familia el
conocimiento de las denuncias contra los medios de comunicación escritos que
realicen publicaciones que atenten contra la integridad moral, psíquica o
física de niños y niñas.
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Decreto 0859 de 1995.
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Por el cual se crea el Comité
Interinstitucional para la Erradicación del Trabajo Infantil y la Protección
del Menor Trabajador
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TRABAJO DE NIÑOS
PROTECCIÓN DE MENORES |
Resolución 01129 de 1996
(Ministerio de Trabajo y Seguridad Social).
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Por la cual se dictan algunas
disposiciones relacionadas con el trabajo de los menores de edad
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TRABAJO DE NIÑOS
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Ley 387 de 1997
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Por la cual se adoptan medidas para
la prevención del desplazamiento forzado; la atención, la protección y
consolidación y estabilización socioeconómica de los desplazados internos en
la República de Colombia
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Ley de atención a la población
desplazada.
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Ley 418 de 1997
(Vigente hasta el 2002)
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Por la cual se consagran unos
instrumentos para la búsqueda de la convivencia, la eficacia de la justicia y
se dictan otras disposiciones
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Tipifica el delito de reclutamiento
de menores, solo para grupos armados ilegales.
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Por el cual se reglamenta el Servicio
Militar Obligatorio para los menores de edad conforme a lo establecido en el
artículo 13 de la Ley 418 de 1997.
Rige mientras dure la vigencia del art. 13 de la Ley.418 de 1997 |
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Reglamentación :
Modificado y adicionado por D.348/2000, DO.43932 (mar.13/2000) |
Por el cual se reglamenta el artículo
99 de la Ley 508 de 1999.
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Niños - Asistencia social, establece
programas de atención a la niñez]
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Ley 515 de 1999
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Convenio 138 de la OIT
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Edad mínima de admisión al empleo
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Por medio de la cual se prorroga la
vigencia de la Ley 418 del 26 de diciembre de 1997 y se dictan otras
disposiciones.
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Orden público
Servicio Militar Obligatorio
Además de prorrogar la vigencia de la
Ley 418, excluye del servicio militar a los menores de 18 años.
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Por la cual se institucionaliza el
Día de la Niñez y la Recreación y se dictan otras disposiciones.
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Día del Niño
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Por medio de la cual se expide un
estatuto para prevenir y contrarrestar la explotación, la pornografía y el
turismo sexual con menores, en desarrollo del artículo 44 de la Constitución
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Prostitución
Pornografía infantil
Turismo sexual
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2
¿Las políticas educativas propuestas actualmente por el M.E.N., realmente
inciden en una articulación adecuada?
De
acuerdo a las orientaciones pedagógicas reconocidas en la Ley General de
Educación y en los lineamientos de preescolar, es importante que el desarrollo
de las dimensiones para la formación integral, tengan continuidad en la
educación básica. El cambio abrupto de procesos formativos en el preescolar,
estructurados en torno a dimensiones del desarrollo humano, que en educación
básica se tornan en áreas curriculares correspondientes con campos de
conocimiento, posiblemente sea fuente de traumas y dificultades en esta
transición que --como se recordará- constituye el pico más crítico en los
indicadores de eficiencia del sistema educativo
Los criterios que orientan
la definición de estos ciclos apuntan hacia la “articulación” de los diferentes
niveles -preescolar, básica primaria, básica secundaria y media- ya que históricamente
han permanecido aislados y de espaldas a las realidades del desarrollo y la
evolución de los aprendizajes de los estudiantes. Se trataría, en general, de
propiciar el tránsito de una concepción de la escuela por niveles hacia una
concepción de la escuela por ciclos”[1]
La
organización escolar por ciclos se constituye en un modelo educativo que las
instituciones educativas acuerdan para evitar las rupturas asociadas con la
organización por grados. Significa una organización de los maestros para
planear las acciones pedagógicas más acorde con los ritmos y necesidades de
aprendizaje individual, disminuyendo la angustia por los resultados al
finalizar cada período del año escolar
3¿En
qué momento o en cuál componente de la comunidad educativa o del proceso formativo
surge la problemática transicional?
Comprender las
concepciones del docente implica centrar la atención en las transformaciones
hechas de la construcción social de la realidad subjetiva del profesor; a los
constructos personales, al igual que las creencias; porque son estructuras
mentales que los docentes generan para explicar la forma personal de la
realidad educativa.
La dinámica del cambio de la práctica docente. Todo proceso formativo persigue que el docente modifique su práctica
cotidiana, ésta se revisa desde la realidad objetiva del aula realizando
un análisis reflexivo de las formas en las que el profesor intencionalmente actúa e
interacciona con los sujetos educativos. La práctica docente es la parte
pública de la realidad del sujeto al poner en acción sus concepciones y sus habilidades
docentes.
La acción formativa
del profesor se desarrolla dentro del propio ámbito de la experiencia
educativa. Es en la práctica cotidiana del aula en donde se transfieren las
habilidades docentes recién desarrolladas, de ahí la importancia de revisar
también las transformaciones que se centran en la práctica y no sólo las que se
encuentran en el sujeto. Estos tres elementos transformados durante el proceso
de formación se influyen de manera dialéctica durante la acción inmediata de la
formación. Por esto mismo urge enfrentar la incorporación de lo subjetivo tanto
en la formación de docentes como en la docencia misma, en cuanto acto educativo
en general buscando el mayor número de transferencias efectuadas como elementos
deseables de enlace y puente que resuelva tensiones entre teoría y práctica. De
otro modo será imposible conseguir la adquisición de competencias en el nivel
objetivo y que se vean en juego en el nivel público de la actividad, la
práctica docente.
De esta manera, las
transformaciones que se estudian en cada uno de los niveles de realidad no son
vistas como una consecuencia lineal una de la otra, sino que se consideran
transformaciones simultáneas dentro de un eje de transferencias de los
conocimientos, habilidades y competencias docentes recién adquiridas en el
proceso formativo. La transferencia a la práctica cotidiana puede fluir en un
bucle recursivo25 y en espiral, reforzando o impidiendo los cambios en la medida en la
que el profesor actúa durante y después de la formación.
El estudio abordó un proceso
social que implica complejas interacciones entre los profesores y sus
situaciones sociales, por lo que los
criterios de análisis de los procesos de transformación de los profesores se
distribuyeron en unidades generales que corresponden a la interpretación de la formación en sus tres contingentes: el nivel subjetivo-individual
e interno de la construcción de los significados de la realidad de cada uno
de los profesores en el que se interpretan sus concepciones docentes y su
influencia en la formación; el nivel objetivo-individual de los
profesores en donde se explican las habilidades docentes holísticas que desarrollaron
y el tercer nivel objetivo-público en que se analizan las acciones de
los profesores y su impacto en los demás agentes sociales de la educación;
asimismo se identificaron las etapas por las que ellos pasaron los profesores
durante el desarrollo de su práctica docente. A continuación, en los siguientes
tres apartados, se presentan los hallazgos en cada uno de los tres contingentes
de formación docente.
4 ¿Existe una verdadera política incluyente en
la educación colombiana?
Política
educativa para la primera infancia
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Por una
educación inicial incluyente y para toda la vida
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La atención a la primera infancia sienta las
bases para el desarrollo humano y contribuye a igualar las oportunidades de
desarrollo para todos desde el nacimiento. Primera Infancia, educación e
integralidad.
En los primeros años de vida, una atención oportuna y pertinente tiene efectos de gran impacto para los niños y las niñas. Diversos estudios han demostrado que las interacciones que establecen los niños con su madre, padre, hermanos, abuelos y otros adultos responsables, tienen consecuencias fundamentales para el desarrollo del cerebro. Pero también estas experiencias educativas deben involucrar otros factores como la salud, el cuidado y la buena nutrición, como complementos fundamentales para alcanzar un adecuado desarrollo infantil
Cuando estas condiciones se dan, los efectos son
determinantes para el desarrollo presente y para el futuro. Los niños y niñas
que reciben una adecuada atención durante su primera infancia, aumentan sus
oportunidades de ingresar a tiempo a la educación formal, se desempeñan con
mayor éxito a lo largo de sus estudios, mejoran sus posibilidades de acceso a
la educación superior y, finalmente, tienen más capacidades para desenvolverse
competentemente en su vida laboral, mejorando así sus posibilidades
económicas y, por ende, la calidad de vida de su familia y la de su
comunidad.
Adicionalmente, la atención a la primera infancia
redunda directamente en la atención a la familia, en particular sobre las
mujeres. Cuando las madres se encuentran en buenas condiciones físicas,
nutricionales y emocionales durante el embarazo, disminuyen los índices de
mujeres y niños que mueren durante el nacimiento, suben las tasas de peso al
nacer y se dan las condiciones para un buen desarrollo cerebral de niños y
niñas. Lo anterior hace crecer las probabilidades de supervivencia en sus
primeros años de vida y tiene efectos directos sobre su desarrollo. De otra
parte, los programas de atención a la primera infancia facilitan la inserción
de la mujer al mundo laboral, situación que mejora los ingresos del núcleo
familiar y equipara las oportunidades de desarrollo desde un enfoque de
género.
El Plan Decenal de Educación 2006-2016, concebido
como un ejercicio de planeación y participación en el que la sociedad
determinó las grandes líneas que deben orientar el sentido de la educación
para los próximos diez años, determinó como uno de los grandes retos para
garantizar el cumplimiento pleno del derecho de la educación en Colombia el
Desarrollo Infantil y la Educación Inicial
En este marco, el Ministerio de Educación
Nacional asume hoy un enfoque de desarrollo infantil que parte de reconocer
que los niños y las niñas, al nacer, llegan con capacidades y habilidades que
buscan poner en acción y esperan encontrar las condiciones para demostrarlas
y fortalecerlas, de tal forma que les permita desenvolverse cada vez mejor:
primero en su vida cotidiana y familiar y, posteriormente, en la vida social,
estudiantil y laboral
Una nueva mirada sobre el niño y la niña implica
concebir el desarrollo infantil como un proceso no lineal, continuo e
integral, producto de las experiencias corporales, emocionales, sociales y
cognitivas que obtienen al interactuar con el mundo que los rodea. El
desarrollo infantil no inicia en un punto cero, ni tiene su fin en una etapa
última. Siempre existen condiciones previas a partir de las cuales el niño y
la niña construyen conocimiento, haciendo de su desarrollo un proceso
continuo a lo largo de la vida. Estas condiciones previas son experiencias
reorganizadoras que transforman la manera como ven el mundo y que les abren
nuevos horizontes para su desarrollo
Cuando los niños y las niñas interactúan con el
medio que los rodea, viven experiencias a través de las cuales movilizan
capacidades y conocimientos que les permiten "hacer", para luego
"saber hacer", hasta llegar a "poder hacer". Esta
movilización de recursos (cognitivos, afectivos, físicos y sociales) se
denomina competencias y se van adquiriendo para enfrentar procesos cada vez
más complejos en relación con su desarrollo y contexto. Las competencias
adquiridas en la primera infancia les permiten a los niños y niñas tener un
conocimiento de sí mismos, de su entorno físico y social, estableciendo la
base para los aprendizajes posteriores y para su enriquecimiento personal y
social.
Independientemente del contexto en el que viven,
todos los niños y niñas adquieren progresivamente competencias que les ayudan
a transformar su relación con el entorno. Es allí donde encuentran las
posibilidades para desarrollarlas y es desde allí donde las utilizan y las
consolidan. Estas posibilidades son mayores en la medida en que se
desarrollen en espacios retadores y ricos en interacción, con ellos mismos,
con los demás y con su entorno. Estos espacios se evidencian en una educación
inicial de calidad.
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De acuerdo con las cifras del censo nacional
realizado en 2005, existen en nuestro país cerca de 4.3 millones de niños y
niñas menores de 5 años. Gracias al importante esfuerzo que ha realizado el
país, hoy se atienden integralmente, con educación, cuidado y nutrición alrededor
de un 35% de ellos, de los cuales el 70% provienen de las familias más pobres
(SISBEN I y II).
En el marco de lo establecido por el artículo 29 del Código de la Infancia y la Adolescencia "Derecho al desarrollo integral de la primera infancia", el enorme reto que se enfrenta es llegar a todos los niños y niñas de estos niveles del SISBEN con una atención integral, oportuna y de calidad.
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